Artículo 99
Los estudiantes del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Bolívar tienen el deber de:
a) Mantener la disciplina dentro y fuera de la institución
b) Acatar las ordenes e instrucciones emanadas de las autoridades de la institución
c) Tratar respetuosamente a sus compañeros, personal: docente, administrativo y obrero
d) Colaborar con las autoridades de la institución
e) Cuidar los bienes de la institución
f) Asistir puntualmente a las actividades que se programen
g) Los demás deberes que señale este reglamento
Artículo 100
Artículo 100
El estudiante que incurra en faltas que atenten contra la validez de una prueba, en forma individual o colectiva, será sancionado según la gravedad de las mismas, con:
a) Suspensión y/o anulación de la prueba, aplicada por el docente
b) Amonestación oral o escrita, aplicada por el Jefe del departamento y remitida al expediente del estudiante
c) Suspensión por uno o dos semestres académicos, aplicada por el Consejo Directivo.

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