- Vocero o vocera de las instancias del Consejo Estudiantil del Poder Popular
- Vocero o vocera de Programa Nacional de Formación
- Vocerías de Cogobierno
- Consejo Académico
- Consejo Curricular
- Consejo Social Territorial
- Consejo Directivo Universitario
- Consejo de Programa de Formación
- Vocera o vocero de Sección
Es la o el estudiante electo (a) en asamblea estudiantil de cada sección, responsable de elevar los acuerdos sancionados en los espacios de discusión ante las instancias correspondientes. Es un activador y enlace comunicacional de la voluntad de los estudiantes para cumplir con los acuerdos de la asamblea de sección.
- Deberes de las Voceras y Voceros del Consejo Estudiantil del Poder Popular
- Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
- Defender y practicar la solidaridad nacional e internacional como fundamento de la libertad, la justicia y la paz.
- Respetar y hacer respetar los derechos de los estudiantes.
- Rechazar actos de discriminación étnica, religiosa, política o de cualquier otra índole.
- Mantener y promover una conducta apegada a los valores de la ética y la moral, tanto en el plano individual como colectivo.
- Promover la contraloría social a todos los niveles e instancias de la universidad, entre otros.
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